Cuando acudes a una Embajada o Consulado españoles tienes ciertos derechos, que puedes exigir a estas oficinas:
Embajadas: Su función se centra en los contactos de gobierno a gobierno. El embajador puede firmar o ratificar convenios, actas, acuerdos, tratados etc. y debe difundir y proteger los
intereses de su país natal en el país a donde está asignado. Además, puede ejercer funciones consulares.
Consulados: Están dirigidos tanto a atender las necesidades personales tanto de los nacionales del país representado (registro civil de matrimonios, nacimientos, defunciones, otorgamiento de poderes, etc. ) como para la
legalización de documentos y otorgamiento de visas.
Consulados y Viceconsulados Honorarios: Son apéndices del
Consulado General al que están adscritos y son entes pasa-papeles (reciben y entregan documentación pero no pueden procesarla en la mayoría de los casos). No pueden otorgar visas o emitir pasaportes españoles por si mismas y
sólo están facultados para legalizar documentos
locales.