En general, la función de las embajadas y consulados de España en Iberoamérica, en relación con los nacionales de cualquier país de este continente, es la de informar sobre cuestiones
relativas al procedimiento y la de facilitar la tramitación de documentos. Funciones específicas:
Funciones notariales: En aquellos
países donde la ley local no lo prohiba, los cónsules y los funcionarios diplomáticos que ejerzan funciones consulares tienen a su cargo el ejercicio de la fe pública notarial. Sus competencias son las mismas que las de
los notarios españoles y pueden autorizar toda clase de documentos públicos, practicar legalización de firmas, otorgar certificados de ley, verificar traducciones o expedir testimonios. Estas funciones están atribuidas a los
cónsules de carrera. La persona que otorga una escritura pública o un acta notarial ante un cónsul, debe desplazarse al Consulado para firmarla personalmente ante el diplomático en funciones notariales. No se puede
remitir el documento por correo. Por ello, conviene antes de desplazarse a la oficina consular dirigirse por escrito al cónsul facilitándole sus datos personales, expresándole la clase de escritura que desea otorgar, y concertando
una cita. Si el interesado es extranjero, deberá presentar un documento que acredite su identidad, expedido por las autoridades del país del que sea
nacional.