Definición: Organismo que representa al gobierno español en cada una de las provincias de las respectivas Comunidades Autónomas; que depende directamente del Delegado de Gobierno. Anteriormente, la Subdelegación del Gobierno era conocida como gobierno civil. En materia de extranjería, resulta competente para la concesión de las autorizaciones de trabajo y para la s autorizaciones de trabajo y residencia. Así como para sus respectivas renovaciones.